6-PARTIDOS POLÍTICOS
6.4 Democracia interna de los partidos políticos
Primacía de actuaciones de Asamblea Nacional no puede darse en detrimento de derechos fundamentales de militante.
Ante ese vacío, este Colegiado determina una transgresión importante a los derechos del recurrente pues, si bien la Asamblea Nacional es el máximo órgano del partido, lo cierto es que en un régimen democrático la competencia en este tipo de casos debe estar determinada. No es válido afirmar la primacía de un órgano para autorizar acciones en detrimento de los derechos fundamentales.
N.° 053-E1-2013 de las nueve horas cincuenta minutos del nueve de enero de dos mil trece. Recurso de amparo electoral interpuesto por el señor Hugo Navas Vargas contra la Asamblea Nacional del partido Accesibilidad sin Exclusión por haberlo destituido, sin un debido proceso, de su cargo como Secretario General de esa agrupación política.